Corresponde a una persona jurídica, sin fines de lucro, cuya función principal es actuar
como cooperadora del Estado en el ámbito de seguridad social, canalizando y
administrando los fondos correspondientes a Asignaciones Familiares, Licencias
Médicas, Subsidio de Cesantía, Pre y Post Natal y en algunos casos, ahorro y crédito de
sus beneficiarios.
Actualmente -en Chile- existen cinco Cajas de Compensación sometidas a la fiscalización
de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General de la República y la
Superintendencia de Valores y Seguros.
La afiliación por parte de una Empresa es voluntaria y no implica ningún costo para ella ni
para el trabajador (salvo que se comprometa a algún tipo de crédito o ahorro) y para
obtenerla se requiere del acuerdo de todos los trabajadores, que debe ser adoptado por
mayoría absoluta en una Asamblea convocada especialmente para este fin.
En esta Asamblea deberá actuar un Ministro de Fe, ya sea un Inspector del Trabajo,
Notario Público o funcionario de la Administración Civil del Estado, designado por la
Dirección del Trabajo. En empresas con menos de 25 trabajadores podrá ocupar este
lugar el Empleador o Representante Legal.
La afiliación de la Empresa operará desde el primer día del mes subsiguiente al de la
fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.
Cada Caja de Compensación ofrece distintos beneficios a sus afiliados, ya sean viajes,
cursos de capacitación, convenios médicos, venta de bonos de FONASA, etc., razón por
la cual es importante que la Empresa evalúe bien estos beneficios a la hora de optar por
una u otra entidad.
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