domingo, 27 de abril de 2008
miércoles, 9 de abril de 2008
LAB 2 - Isapre
El descuento obligatorio para salud corresponde a un 7% del sueldo bruto, sin perjuicio
de que el empleado haya pactado previamente con la institución un descuento mayor.
Este monto deberá ser declarado y cancelado mensualmente por la Empresa
(empleador) a FONASA o Isapre elegida por el empleado.
La afiliación de salud, al igual que la previsional, es de responsabilidad del empleado, el
cual deberá optar por FONASA o la Isapre de su preferencia, debiendo esta última
informar al empleador sobre el monto a pagar mensualmente de acuerdo al plan
contratado.
de que el empleado haya pactado previamente con la institución un descuento mayor.
Este monto deberá ser declarado y cancelado mensualmente por la Empresa
(empleador) a FONASA o Isapre elegida por el empleado.
La afiliación de salud, al igual que la previsional, es de responsabilidad del empleado, el
cual deberá optar por FONASA o la Isapre de su preferencia, debiendo esta última
informar al empleador sobre el monto a pagar mensualmente de acuerdo al plan
contratado.
LAB 2 - Caja de Compensación
Corresponde a una persona jurídica, sin fines de lucro, cuya función principal es actuar
como cooperadora del Estado en el ámbito de seguridad social, canalizando y
administrando los fondos correspondientes a Asignaciones Familiares, Licencias
Médicas, Subsidio de Cesantía, Pre y Post Natal y en algunos casos, ahorro y crédito de
sus beneficiarios.
Actualmente -en Chile- existen cinco Cajas de Compensación sometidas a la fiscalización
de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General de la República y la
Superintendencia de Valores y Seguros.
La afiliación por parte de una Empresa es voluntaria y no implica ningún costo para ella ni
para el trabajador (salvo que se comprometa a algún tipo de crédito o ahorro) y para
obtenerla se requiere del acuerdo de todos los trabajadores, que debe ser adoptado por
mayoría absoluta en una Asamblea convocada especialmente para este fin.
En esta Asamblea deberá actuar un Ministro de Fe, ya sea un Inspector del Trabajo,
Notario Público o funcionario de la Administración Civil del Estado, designado por la
Dirección del Trabajo. En empresas con menos de 25 trabajadores podrá ocupar este
lugar el Empleador o Representante Legal.
La afiliación de la Empresa operará desde el primer día del mes subsiguiente al de la
fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.
Cada Caja de Compensación ofrece distintos beneficios a sus afiliados, ya sean viajes,
cursos de capacitación, convenios médicos, venta de bonos de FONASA, etc., razón por
la cual es importante que la Empresa evalúe bien estos beneficios a la hora de optar por
una u otra entidad.
como cooperadora del Estado en el ámbito de seguridad social, canalizando y
administrando los fondos correspondientes a Asignaciones Familiares, Licencias
Médicas, Subsidio de Cesantía, Pre y Post Natal y en algunos casos, ahorro y crédito de
sus beneficiarios.
Actualmente -en Chile- existen cinco Cajas de Compensación sometidas a la fiscalización
de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General de la República y la
Superintendencia de Valores y Seguros.
La afiliación por parte de una Empresa es voluntaria y no implica ningún costo para ella ni
para el trabajador (salvo que se comprometa a algún tipo de crédito o ahorro) y para
obtenerla se requiere del acuerdo de todos los trabajadores, que debe ser adoptado por
mayoría absoluta en una Asamblea convocada especialmente para este fin.
En esta Asamblea deberá actuar un Ministro de Fe, ya sea un Inspector del Trabajo,
Notario Público o funcionario de la Administración Civil del Estado, designado por la
Dirección del Trabajo. En empresas con menos de 25 trabajadores podrá ocupar este
lugar el Empleador o Representante Legal.
La afiliación de la Empresa operará desde el primer día del mes subsiguiente al de la
fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.
Cada Caja de Compensación ofrece distintos beneficios a sus afiliados, ya sean viajes,
cursos de capacitación, convenios médicos, venta de bonos de FONASA, etc., razón por
la cual es importante que la Empresa evalúe bien estos beneficios a la hora de optar por
una u otra entidad.
LAB 2 - AFP
Contempla el descuento del 10% del Sueldo Bruto que se destina íntegro a la Cuenta de
Capitalización Individual que financiará la jubilación, más un 2,3% aprox. que contempla
un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y la comisión de la AFP. En resumen, el
descuento total mínimo que se debe realizar es, aproximadamente, de un 12,3% del
sueldo bruto y será pagado directamente por el empleador a la AFP.
La afiliación es un trámite que debe realizar el empleado en forma independiente, el cual
optará por la AFP de su preferencia. Ésta, a su vez, enviará una carta a la Empresa
(empleador) informando el monto que deberá pagar, el cual ha sido pactado previamente
por el empleado.
Capitalización Individual que financiará la jubilación, más un 2,3% aprox. que contempla
un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y la comisión de la AFP. En resumen, el
descuento total mínimo que se debe realizar es, aproximadamente, de un 12,3% del
sueldo bruto y será pagado directamente por el empleador a la AFP.
La afiliación es un trámite que debe realizar el empleado en forma independiente, el cual
optará por la AFP de su preferencia. Ésta, a su vez, enviará una carta a la Empresa
(empleador) informando el monto que deberá pagar, el cual ha sido pactado previamente
por el empleado.
lunes, 7 de abril de 2008
LAB 2 - Leasing
¿Qué es el Leasing?
La empresa que se dedica al "leasing" hace la adquisición a su nombre y luego la deja en arriendo a un tercero
La empresa que se dedica al "leasing" hace la adquisición a su nombre y luego la deja en arriendo a un tercero
"Leasing" es una palabra en idioma inglés que significa "arriendo" y sirve para denominar a una operación de financiamiento de máquinas, viviendas u otros bienes. Esta consiste en un contrato de arriendo de equipos mobiliarios (por ejemplo, vehículos) e inmobiliarios (por ejemplo, oficinas) por parte de una empresa especializada, la que de inmediato se lo arrienda a un cliente que se compromete a comprar lo que haya arrendado en la fecha de término del contrato.
Las normas referidas a este tipo de operaciones indican que las instituciones financieras podrán celebrar contratos de leasing que consistan en la prestación de un servicio financiero equivalente al financiamiento a más de un año plazo para la compra de bienes de capital (bienes raíces, maquinarias, equipos, etc.), viviendas y bienes muebles durables susceptibles de ser arrendados bajo la modalidad de leasing financiero (automóviles, computadores personales, equipos de comunicación y otros bienes similares).
La diferencia del "leasing" con otros sistemas como los créditos comerciales o los créditos con hipoteca sobre el bien que se compra, es que la empresa que se dedica al "leasing" hace la adquisición a su nombre y luego la deja en arriendo a un tercero. Si éste deja de cumplir su parte del contrato, es decir, pagar su arriendo, el bien deja de ser arrendado y vuelve a la empresa de "leasing" o banco.
Otra forma de "leasing" que se usa con frecuencia es el llamado "leaseback" que refiere a los casos en que una empresa que requiere de financiamiento, cuenta con algún bien. En este caso, debe vender dicho bien a la empresa de "leasing" o banco, la que se lo arrendará a su vez, a través de una operación de leasing normal.
Más información en el Capítulo 8-37 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) sobre "Operaciones de Leasing".
Las normas referidas a este tipo de operaciones indican que las instituciones financieras podrán celebrar contratos de leasing que consistan en la prestación de un servicio financiero equivalente al financiamiento a más de un año plazo para la compra de bienes de capital (bienes raíces, maquinarias, equipos, etc.), viviendas y bienes muebles durables susceptibles de ser arrendados bajo la modalidad de leasing financiero (automóviles, computadores personales, equipos de comunicación y otros bienes similares).
La diferencia del "leasing" con otros sistemas como los créditos comerciales o los créditos con hipoteca sobre el bien que se compra, es que la empresa que se dedica al "leasing" hace la adquisición a su nombre y luego la deja en arriendo a un tercero. Si éste deja de cumplir su parte del contrato, es decir, pagar su arriendo, el bien deja de ser arrendado y vuelve a la empresa de "leasing" o banco.
Otra forma de "leasing" que se usa con frecuencia es el llamado "leaseback" que refiere a los casos en que una empresa que requiere de financiamiento, cuenta con algún bien. En este caso, debe vender dicho bien a la empresa de "leasing" o banco, la que se lo arrendará a su vez, a través de una operación de leasing normal.
Más información en el Capítulo 8-37 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) sobre "Operaciones de Leasing".
domingo, 6 de abril de 2008
LAB 2 - Mutual
Mutual
A partir del 14 de enero de 2007 entró envigencia la ley 20.123 que regula el trabajoen régimen de subcontratación y elfuncionamiento de las empresas de serviciostransitorios, con esta nueva ley surge laobligación para las empresas principales deestablecer un Sistema de Gestión de Seguridady Salud en el Trabajo.
Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción, tiene como misión PREVENIR los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Para cumplir con esta misión, queremos llegar a ser su Socio en Prevención de Riesgos, otorgándole la asesoría necesaria para que su empresa sea más rentable, eficiente y competitiva, además de mejorar la calidad de vida de sus trabajadores. Mutual de Seguridad C.CH.C., interpretandolas necesidades del mercado en estas materias,desarrolló el Programa Empresa Certificada(PEC), como una solución eficaz para muchasempresas en el control de sus riesgos operacionales.
Mutual PEC
Programa Empresa Certificada
Mutual PEC Programa Empresa Estándar
Mutual PEC Programa Empresa Competitiva
Mutual PEC Programa Empresa de Excelencia
Cada uno de estos Programas se basan enmodelos de gestión medibles, auditables ycertificables, características que constituyen elmotor del mejoramiento continuo en eldesempeño de las empresas.Asimismo, cada Programa está enfocado a unsegmento en particular, de forma de atenderlas necesidades, considerando la capacidadorganizacional y operativa de la empresa.La adopción de estos Programas, le permite alas empresas implementar un Sistema de Gestiónde Seguridad y Salud Ocupacional acorde conlas exigencias del Mercado en estas materias.
Estos Programas están diseñados para que sepuedan encadenar, permitiendo coordinar lasacciones de las distintas empresas (Principales– Contratistas – Subcontratistas).
1. Mutual PEC: Programa Empresa Estándar.
El Modelo en que se sustenta este Programa,ha tomado como base la identificación de lospeligros y evaluación de los riesgos críticos dela empresa y el cumplimiento legal, y estádiseñado sobre la base de 3 Módulos:
Disposiciones Legales.
Condiciones Físicas y Ambientales.
Herramientas Preventivas.
2.- Mutual PEC: Programa Empresa Competitiva.
Este Programa está diseñado para contribuircon la productividad y mejoramiento en la gestiónde la Seguridad y Salud Ocupacional.
A partir del 14 de enero de 2007 entró envigencia la ley 20.123 que regula el trabajoen régimen de subcontratación y elfuncionamiento de las empresas de serviciostransitorios, con esta nueva ley surge laobligación para las empresas principales deestablecer un Sistema de Gestión de Seguridady Salud en el Trabajo.
Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción, tiene como misión PREVENIR los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Para cumplir con esta misión, queremos llegar a ser su Socio en Prevención de Riesgos, otorgándole la asesoría necesaria para que su empresa sea más rentable, eficiente y competitiva, además de mejorar la calidad de vida de sus trabajadores. Mutual de Seguridad C.CH.C., interpretandolas necesidades del mercado en estas materias,desarrolló el Programa Empresa Certificada(PEC), como una solución eficaz para muchasempresas en el control de sus riesgos operacionales.
Mutual PEC
Programa Empresa Certificada
Mutual PEC Programa Empresa Estándar
Mutual PEC Programa Empresa Competitiva
Mutual PEC Programa Empresa de Excelencia
Cada uno de estos Programas se basan enmodelos de gestión medibles, auditables ycertificables, características que constituyen elmotor del mejoramiento continuo en eldesempeño de las empresas.Asimismo, cada Programa está enfocado a unsegmento en particular, de forma de atenderlas necesidades, considerando la capacidadorganizacional y operativa de la empresa.La adopción de estos Programas, le permite alas empresas implementar un Sistema de Gestiónde Seguridad y Salud Ocupacional acorde conlas exigencias del Mercado en estas materias.
Estos Programas están diseñados para que sepuedan encadenar, permitiendo coordinar lasacciones de las distintas empresas (Principales– Contratistas – Subcontratistas).
1. Mutual PEC: Programa Empresa Estándar.
El Modelo en que se sustenta este Programa,ha tomado como base la identificación de lospeligros y evaluación de los riesgos críticos dela empresa y el cumplimiento legal, y estádiseñado sobre la base de 3 Módulos:
Disposiciones Legales.
Condiciones Físicas y Ambientales.
Herramientas Preventivas.
2.- Mutual PEC: Programa Empresa Competitiva.
Este Programa está diseñado para contribuircon la productividad y mejoramiento en la gestiónde la Seguridad y Salud Ocupacional.
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